Gestionar la sucesión de una persona que no posee la nacionalidad española pero que ha dejado propiedades o activos financieros en nuestro país puede ser un proceso complejo. Como abogada con amplia experiencia en la Costa del Sol, entiendo las inquietudes que surgen cuando los herederos se enfrentan a un sistema legal y tributario que les resulta ajeno. Mi nombre es Victoria Malkova y, desde mi despacho, acompaño a familias internacionales en la resolución de estos trámites, asegurando que se cumpla estrictamente con la normativa vigente en España.

En este artículo, detallaremos con precisión los pasos para aceptar una herencia en España con bienes de un fallecido extranjero, analizando desde la obtención de los documentos básicos hasta la inscripción de las propiedades en el Registro de la Propiedad. La Costa del Sol, especialmente áreas como Marbella, Estepona y Benahavís, cuenta con una alta densidad de propietarios extranjeros, lo que hace que este tipo de procedimientos sean sumamente frecuentes en nuestra jurisdicción.


1. Obtención de los certificados iniciales

El primer paso fundamental en cualquier proceso sucesorio es acreditar el fallecimiento y determinar si la persona otorgó testamento. Si el fallecimiento ocurrió fuera de España, se debe obtener el certificado de defunción original en el país de origen. Para que este documento tenga validez en España, deberá estar debidamente legalizado o apostillado (según el Convenio de la Haya) y contar con una traducción jurada al español.

Una vez obtenido el certificado de defunción, es obligatorio solicitar el Certificado de Actos de Última Voluntad ante el Ministerio de Justicia de España. Este documento nos informará si el fallecido otorgó testamento en territorio español. Incluso si existe un testamento en el extranjero, es vital confirmar si se otorgó uno específico para los bienes situados en España, algo muy común entre los residentes de la Costa del Sol para agilizar los trámites.

Para más información oficial sobre este trámite, puede consultar la sede electrónica del Ministerio de Justicia de España.


2. Determinación de la ley aplicable a la sucesión

Uno de los puntos más delicados al seguir los pasos para aceptar una herencia en España con bienes de un fallecido extranjero es determinar qué ley nacional rige la sucesión. Desde el año 2015, con la entrada en vigor del Reglamento (UE) nº 650/2012, la ley aplicable es, por defecto, la del país donde el fallecido tenía su residencia habitual en el momento del fallecimiento, a menos que en su testamento hubiera optado expresamente por la ley de su nacionalidad.

Este paso es crucial, ya que las leyes sucesorias varían significativamente de un país a otro (por ejemplo, en lo que respecta a las "legítimas" o herederos forzosos). Como abogada experta, analizo detenidamente el testamento y la situación de residencia para garantizar que la partición de bienes se ajuste a la legalidad internacional.


3. Obtención del NIE para los herederos extranjeros

Un requisito técnico que a menudo retrasa las herencias de extranjeros es la necesidad de que todos los herederos y legatarios obtengan un Número de Identificación de Extranjero (NIE). En España, no es posible firmar una escritura de aceptación de herencia ni liquidar los impuestos correspondientes sin este número.

El NIE puede solicitarse en las comisarías de policía en España o a través de los consulados españoles en el extranjero. Dada la saturación administrativa en zonas turísticas, recomiendo iniciar este trámite lo antes posible para no exceder los plazos fiscales.


4. Preparación del inventario y valoración de bienes

Para proceder a la aceptación, es necesario realizar un inventario detallado de todos los bienes que el fallecido poseía en España. Esto incluye:

  • Bienes inmuebles: Viviendas, terrenos o locales en la Costa del Sol.
  • Saldos bancarios: Certificados de saldo a fecha del fallecimiento emitidos por entidades bancarias españolas.
  • Vehículos: Coches o embarcaciones matriculados en España.
  • Otros activos: Acciones en sociedades españolas, joyas o mobiliario de valor.

Es imperativo realizar una valoración correcta siguiendo los criterios de la Administración Tributaria local (en este caso, la Junta de Andalucía) para evitar sanciones o complementarias en el futuro.


5. La firma de la Escritura de Aceptación y Adjudicación de Herencia

Con toda la documentación en regla (certificados, testamento legalizado, NIEs y valoraciones), los herederos deben comparecer ante un Notario público en España para otorgar la Escritura de Aceptación y Adjudicación de Herencia. Si los herederos no pueden desplazarse a la Costa del Sol, pueden otorgar un poder notarial a mi favor para que yo actúe en su representación.

En este acto, se formaliza la transmisión de la propiedad de los bienes del fallecido a los herederos, convirtiéndose en el título legal que acredita la nueva titularidad.


6. Liquidación de impuestos: El Impuesto de Sucesiones

Este es quizás el paso más crítico dentro de los pasos para aceptar una herencia en España con bienes de un fallecido extranjero. En España, el plazo para pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es de seis meses a partir de la fecha del fallecimiento, con posibilidad de solicitar una prórroga de otros seis meses adicionales.

En Andalucía, actualmente existen bonificaciones muy favorables para familiares directos (cónyuges e hijos), que pueden llegar a reducir la cuota tributaria de forma drástica. Sin embargo, para beneficiarse de estas ventajas, es necesario presentar las autoliquidaciones correctamente y dentro de plazo. El incumplimiento de estos plazos puede acarrear recargos e intereses de demora significativos.


7. Inscripción en el Registro de la Propiedad

Una vez liquidados los impuestos, el último paso consiste en llevar la escritura de herencia y el justificante del pago de impuestos al Registro de la Propiedad correspondiente a la ubicación de los inmuebles. Este paso es vital para que los herederos figuren como nuevos propietarios oficiales, permitiéndoles vender, alquilar o hipotecar las propiedades en el futuro.

Además, no debemos olvidar el pago de la Plusvalía Municipal (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) en el ayuntamiento donde se encuentre la propiedad (Marbella, Estepona, Fuengirola, etc.).


¿Por qué contar con asesoramiento profesional en la Costa del Sol?

Gestionar una herencia internacional requiere un conocimiento profundo tanto del derecho civil español como de los convenios internacionales y la fiscalidad transfronteriza. Errores en la traducción de un documento o en la interpretación de un testamento extranjero pueden paralizar el proceso durante meses o generar costes fiscales innecesarios.

Mi despacho, liderado por Victoria Malkova, se especializa en ofrecer un servicio integral y multilingüe. Entendemos las barreras lingüísticas y culturales que pueden surgir, y nos encargamos de que los pasos para aceptar una herencia en España con bienes de un fallecido extranjero se completen con total seguridad jurídica y transparencia.

Si se encuentra en esta situación y necesita asistencia profesional en la Costa del Sol, no dude en contactar con nosotros. Estamos aquí para simplificar lo complejo y proteger el patrimonio de su familia.